Por Dr. Fulvio Gutiérrez
La técnica legislativa es el conjunto de reglas, métodos y principios utilizados para la correcta elaboración, redacción, estructura y reforma de las normas jurídicas. Es lo que podemos llamar, una parte muy importante del Derecho Parlamentario. Su objetivo principal es asegurar la claridad, coherencia, precisión y eficacia del texto legal, facilitando su comprensión y aplicación dentro del ordenamiento jurídico, para garantizar la seguridad jurídica.
El procedimiento de redacción de normas jurídicas incluye dos momentos distintos: una decisión política sobre la necesidad de la existencia de la norma, y un aspecto técnico cuando a esa decisión, se le da contenido jurídico. Y esto es muy importante, porque nuestros legisladores, necesitan conocer a fondo todos los elementos que, contribuyendo a la modernización y generación de mayor eficacia de sus procedimientos, buscan lograr en pos de una mayor calidad de los textos legislativos, contribuyendo de esa manera, al fortalecimiento del Estado de Derecho.
Estimo un gran acierto que la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, haya incluido dentro de la asignatura Derecho Parlamentario, el estudio de la “técnica legislativa”. Es evidente que un programa referido a la técnica legislativa, ha de ser un instrumento para que los abogados cuenten con las herramientas para suministrar elementos útiles a los encargados de producir las normas jurídicas, desde reglamentos hasta reformas constitucionales. Y esto se aplica no solo a los legisladores, sino también a los técnicos del Poder Ejecutivo, en cuanto este poder tiene el derecho de iniciativa legislativa.
La esencia de la técnica legislativa sirve para lograr la perfección en la redacción de un texto escrito, que no es otra cosa que la decisión política del legislador. Y la redacción de la norma, debe ser:
-a)Coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Por eso debe cuidarse la injerencia que tenga la norma sobre las demás normas de la misma jerarquía, pero sobre todo debe cuidarse que esa norma, no viole la norma jurídica superior esto es, la Constitución de la República. La idea es reducir la arbitrariedad, evitar vacíos legales y asegurar que la norma sea coherente con el resto del sistema jurídico.
-b) Debe ser un fiel reflejo de la decisión política que tomó el legislador, por tanto, debe ser clara, concisa y precisa. No olvidemos que la técnica legislativa se considera el "arte de legislar", enfocado en transformar una decisión política, en una norma jurídica clara y sin ambigüedades.
-c) Su texto debe ser interpretado de la misma manera, por cualquier lector, evitando tecnicismos innecesarios o redacciones oscuras. La pluralidad de interpretaciones atenta contra el principio de la seguridad jurídica.
Domingo 17 de Mayo, 2026 127 vistas