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Domingo 27 de Septiembre, 2026 280 vistas

Abogado explica que caminos tomar ante una posible invasión de privacidad mediante un dron

Por Carlos Arredondo.
La presencia de un dron sobre viviendas particulares generó preocupación entre residentes de Colonia El Chircal. El aparato fue observado a baja altura y sobrevolando determinadas viviendas, situación que despertó interrogantes sobre la privacidad y la eventual captación de imágenes. Si bien no hubo denuncias concretas a la Policía, hay dudas en quienes observaron el aparato ya que fue vista una persona en la zona que supuestamente manipulaba el equipo. Consultado por CAMBIO el abogado César Signorelli explicó que “la utilización de drones y de cualquier equipo que vuele tiene su regulación” y señaló que existe control de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA). Pero el aspecto central, según el profesional, está en el uso que se haga del dispositivo.
INTIMIDAD
“Lo que puede estar afectando muchas veces el uso de estos drones es justamente” la intimidad, señaló. Y agregó que, dependiendo de la utilización que se haga de las imágenes obtenidas, “puede eventualmente incluso estar incurso en un delito”. Signorelli puso como ejemplo la captación de imágenes de una mujer en determinadas circunstancias sin su consentimiento, y remarcó que el problema comienza con “la toma de imágenes no consentidas” y continúa con “la utilización de esas imágenes”.
¿QUÉ PUEDE HACER UN CIUDADANO?
Ante una situación que considere invasiva, el abogado indicó que el vecino puede realizar una denuncia para que se investigue el uso que se está dando a las imágenes y, en primer lugar, “individualizar, obviamente, a quién manipula el dron”. “La denuncia puede realizarse ante la Policía o la Fiscalía”, explicó el profesional. La normativa uruguaya también contempla específicamente la utilización de drones para captar imágenes. La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales establece que, cuando mediante un dron se puede identificar o volver identificable a una persona, se aplica la normativa sobre protección de datos personales. Signorelli señaló además que el espacio aéreo vinculado a una propiedad privada no puede entenderse como ilimitado, pero aclaró que cada situación debe analizarse en función de sus circunstancias.
¿QUE PASA SI SE REACCIONA MAL?
En el caso de El Chircal, donde los vecinos observaron el dron a baja altura y próximo a determinadas viviendas, sostuvo: “Evidentemente hay una clara invasión a la privacidad. No solo a la intimidad, sino a la privacidad en general”. Respecto a eventuales reacciones de los vecinos para intentar detener el aparato, Signorelli fue particularmente cuidadoso: “Esto no puede llevar a que legítimamente destruyan todos los drones que andan circulando”. Según explicó, cualquier acción debe analizarse “muy casuísticamente”. Para el abogado, quien utiliza el dispositivo “claramente se expone” si afecta la privacidad de otras personas. En definitiva, frente a un dron que sobrevuela una vivienda y genera sospechas sobre una eventual captación de imágenes, la recomendación jurídica es no tomar justicia por mano propia y recurrir a la denuncia para que se determine quién opera el aparato, qué estaba haciendo y qué imágenes pudo haber obtenido.