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Sábado 29 de Agosto, 2026 222 vistas

Dos condenas por hurto agravado en dos hechos que ocurrieron días atrás

Un viernes movido para la Jefatura de Policía de Salto. La Justicia confirmó dos condenas por hurtos especialmente agravados y, en paralelo, la fuerza reportó tres nuevos procedimientos ocurridos entre la madrugada del jueves y la del viernes: una banda de menores sorprendida rompiendo una vidriera céntrica, un hombre armado con arma blanca que se negaba a abandonar una vivienda ajena y el hurto violento a un comercio de barrio.
CUATRO MESES DE PRISIÓN 
El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto dictó sentencia condenatoria contra J.N.M.L. y R.N.R.D., declarados autores penalmente responsables de dos delitos de hurto especialmente agravados en grado de tentativa, en reiteración real. La pena impuesta fue de cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo, con descuento del tiempo ya cumplido en detención y las accesorias legales previstas en el artículo 105, literal E, del Código Penal.
LOS HECHOS
La causa se originó el jueves a las 19 horas, cuando varios vecinos alertaron al Servicio de Emergencias sobre una persona extraña que ingresaba sin autorización a los fondos de varios predios sobre Avenida Pascual Harriague y calle Misiones. Los recorridos a pie permitieron identificar a un hombre de 30 años, vinculado además a una violación de domicilio del 5 de agosto, una penetración ilegítima de fundo ajeno del 11 de agosto, un hurto en un local comercial del 14 de agosto y un hurto en el interior de un comercio del 25 de agosto. Con conocimiento de la fiscalía de turno, el hombre fue detenido. En la misma sentencia, el juzgado admitió también la acusación contra S.S.C.A., condenado como autor responsable de dos delitos de penetración de fundo ajeno y cuatro delitos de hurto —uno de ellos en grado de tentativa y otro en concurrencia formal con un delito de desacato—, todos en reiteración real. La pena fijada fue idéntica: cuatro meses de prisión efectiva, con el mismo descuento de tiempo detenido y las accesorias del artículo 105 literal E.