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Martes 05 de Mayo, 2026 105 vistas

Presentaron un proyecto de decreto para regular vehículos de movilidad personal

“Hay vehículos que circulan hoy por Salto a 50km/h sin empadronamiento, sin permiso de conducir y sin ninguna norma que los encuadre”, dijo el edil colorado Facundo Esteche quién presentó ante la Junta Departamental un proyecto para regularizar estos aspectos. Según informó el edil a CAMBIO este proyecto “parte de una distinción que muchas veces se pasa por alto y es que no todos estos vehículos son lo mismo y regularlos como si lo fueran sería un error”.
MONOPATINES
Los monopatines eléctricos tienen su propio régimen. Se establece una edad mínima para conducirlos, se prohíbe circular por veredas y espacios peatonales, y se exige casco. Se prohíbe también llevar pasajeros (son vehículos diseñados para una sola persona y así deben usarse). Sin patente, sin tasa, sin nuevos costos. La norma no busca complicarle la vida a quien usa un monopatín para moverse por la ciudad sino que busca que pueda hacerlo con reglas claras y de forma segura.
BICICLETAS
Las bicicletas eléctricas de alta potencia son otra historia. Vehículos con motores de hasta 1000 vatios y velocidades de hasta 50km/h circulan hoy por Salto sin empadronamiento, sin permiso de conducir y sin ningún marco legal que los encuadre. En la práctica, se comportan como ciclomotores 50cc. El proyecto establece un criterio técnico para determinar cuándo una bicicleta eléctrica deja de ser tal y pasa a la categoría vehicular que le corresponde, con todas las obligaciones que eso implica. Esto es aplicar a estos vehículos las mismas reglas que ya rigen para otros de características equivalentes. La prohibición de circular por veredas no es solo una regla de tránsito. Es una medida de protección para quienes caminan (adultos mayores, niños, personas con movilidad reducida). En el tránsito, el más vulnerable siempre es el peatón.
EL ENFOQUE NO ES RECAUDATORIO
No se crean nuevos costos para los vehículos que no los requieren. La fiscalización arranca con 90 días de carácter exclusivamente educativo: advertencias, orientación, información. Primero ordenar. Después, si hay infracción, sancionar.