Se conocieron novedades judiciales sobre el caso de hurto en comercio difundido el domingo 11 de octubre. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, la sede remitió un oficio a la Policía comunicando la condena de A.R.P.P. como autor penalmente responsable de tres delitos de hurto, uno de ellos especialmente agravado, en régimen de reiteración real. La pena fue fijada en dieciséis meses de prisión, que deberá cumplir bajo el régimen de libertad a prueba.
FORMALIZADO POR TENTATIVA DE HURTO
También hubo novedades en la causa del detenido por hurto que se había informado el lunes 12 de octubre. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, la sede dispuso formalizar la investigación contra H.E.M.G., conforme al artículo 266 del Código del Proceso Penal. Al hombre se le atribuye la presunta comisión, en calidad de autor, de un delito de violación de domicilio especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de hurto en grado de tentativa. El tribunal hizo lugar además a las medidas cautelares previstas en el artículo 221 del mismo código. Estas consisten en fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento a la sede, por un plazo de sesenta días. Asimismo, se dispuso el cese de detención del imputado.
CONDENAS POR EL HURTO DE CABLES
La Justicia resolvió la situación de los detenidos por hurto de cables, caso que había trascendido el martes. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, se comunicó la condena de L.L.T.S. como autor penalmente responsable de un delito de violación de domicilio, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de hurto, y de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, todo en régimen de reiteración real. La pena fue de siete meses de prisión. En la misma resolución se condenó a I.A.P.R. como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa.